En discusión Ordenanza para Enajenación de Bienes Municipales

Buscan aprovechar y mejorar los bienes muebles patrimoniales del municipio

Presentación, lectura y exposición de motivos del proyecto.

 

19/09/22.- Este lunes, en el salón Andrés Eloy Blanco, la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Desarrollo Humano, Consejos Comunales y Comunas del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, realizó la consulta pública del Proyecto de Ordenanza que Regula la Enajenación de Bienes Muebles Municipales.

Manuel Martínez y Elías Uzcátegui, representantes de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana del Concejo Municipal, fueron los encargados de presentar el proyecto para la consulta. El acto contó con la participación y asistencia de ciudadanos, trabajadores públicos y concejales.

Este proyecto de ordenanza municipal busca lograr la adecuación y actualización de los procesos referentes a la enajenación de bienes muebles que forman parte del patrimonio del Municipio Libertador, además de actualizar, aprovechar y mejorar todos los recursos y bienes que forman parte de la entidad.

“Hoy estamos en la consulta popular y pública de este proyecto para ir construyendo la ordenanza, recogeremos sus aportes, observaciones, criterios y sugerencias de los presentes en esta actividad y las mismas podrán ser incorporadas a la ordenanza”, resaltó el representante de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana.

Las opiniones y propuestas de los asistentes fueron realizadas de forma escrita y se tiene un lapso de 30 días para hacerlas llegar a la Comisión Permanente de Participación Ciudadana. “Bienvenidas sus observaciones, desde hoy se les da un lapso de treinta días para hacerlas llegar a la Comisión Permanente de Participación Ciudadana que está ubicada en el edificio Gual y España,  piso 5", así lo informó  Martínez.

Entre los apartados de este proyecto de ordenanza podemos destacar el  artículo 10 que formula las modalidades de enajenación de los bienes muebles como son: venta, permuta, dación de pago, aporte al capital social, donación y mediante otros tipos de operaciones permitidas legalmente; y el  artículo 15  que determina que el producto de la venta de bienes muebles se considerará un ingreso extraordinario  y deberá ser invertido en nuevos bienes muebles.

Se estima que este proyecto de ordenanza, que regula la enajenación  de bienes muebles municipales, llegue a una segunda discusión para lograr su definitiva aprobación y entrada en vigencia en la Gaceta Municipal del Municipio Bolivariano Libertador.

EMILY CAZORLA / CIUDAD CCS


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