Juez peruano rechaza posible liberación de Alberto Fujimori
Tribunal Constitucional calificó como "un imposible jurídico" la orden de excarcelación
30 / 11 / 23.- El juez del Tribunal Constitucional (TC) de Perú, Manuel Monteagudo, calificó este miércoles de "un imposible jurídico" la resolución emitida durante la víspera por el ente, que ordena la excarcelación del exdictador Alberto Fujimori.
"Es un imposible jurídico desde el momento en que la decisión del Tribunal Constitucional ha sido considerada inconvencional. Esto no podría ser", afirmó el magistrado a medios nacionales.
En cambio, el presidente del TC, Francisco Morales, apuntó que se debe proceder con la excarcelación “inmediata” de Fujimori, pese a la orden establecida el año pasado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que impide la liberación del exmandatario.
#ULTIMO @CorteIDH le otorga al Estado peruano 6 días de plazo para que emita un Informe sobre el asunto del indulto humanitario concedido al condenado #Fujimori y le recuerda que está vigente la obligación de abstenerse de liberarlo. pic.twitter.com/4FzRr6oGFI
— Carlos Rivera Paz (@IDL_Rivera) November 30, 2023
Monteagudo destacó que el TC examinó un indulto otorgado en 2017 y no la situación actual del exjefe de Estado, quien subrayó que “ha sido condenado por un delito gravísimo y ahí hay una ponderación que se tiene que hacer”.
En este sentido, resaltó las denuncias presentadas por las víctimas, las cuales constituyen la base de la orden de la CorteIDH, que llamó a las autoridades peruanas a abstenerse de cumplir el fallo del TC, reseña Telesur.
A partir de ello, la CorteIDH le dio al Estado peruano un plazo de seis días para emitir un informe sobre el tema del indulto humanitario, mientras recordó que permanece vigente la obligación de abstenerse a excarcelarlo.
Tras el fallo del TC, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) afirmó que el Poder Ejecutivo ratifica que de acuerdo al mandato del artículo 118, inciso 9 de la Constitución Política, “está obligado a cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales”.
CIUDAD CCS