William Saab asume presidencia del Consejo Moral Republicano
La presidencia se ejerce por designación de sus miembros por periodos de un año
16/12/23.- El Fiscal General de la República, Tarek William Saab, recibió la presidencia del Consejo Moral Republicano, correspondiente al periodo 2023-2024, por parte del presidente del Poder Electoral y Consejo Nacional Electoral (CNE), Elvis Amoroso.
El acto de transmisión de mando se efectuó en la sede principal del Ministerio Público, ubicada en Parque Carabobo, Caracas, lugar en que se firmó el documento por parte de ambos altos funcionario para la entrega y recibimiento de la presidencia de la mencionada instancia del Poder Ciudadano.
La máxima autoridad del Ministerio Público ha liderado el Poder Ciudadano en el año 2015 al 2016, luego encabezó dicho Poder en el año 2018 al 2020, para hacerlo nuevamente en este periodo 2023 al 2024.
Tarek William Saab destacó la importancia que tiene el Poder Ciudadano que entre sus funciones se encuentran prevenir, investigar o sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa..
Por su parte, el presidente saliente agradeció a los trabajadores del Consejo, fiscales, defensores y contralores durante sus funciones en el mencionado organismo. “Me encuentro al lado uno de los mejores abogados que tenemos no solo en Venezuela, sino en Latinoamérica, hablar de Tarek es verdaderamente un placer para nosotros (…) Tarek siempre ha sido un hombre de Estado y defensor de los derechos humanos”.
Al acto asistieron el defensor del pueblo, Alfredo Ruiz; el contralor general de la República, Jhosnel Peraza Machado; la secretaria ejecutiva del Consejo Moral Republicano; y la contralora del municipio Chacao, Lisbeth Santiago.
Igualmente estuvieron presentes directores generales y de línea de la institución garante de la legalidad en el país, así como fiscales superiores.
El Consejo Moral Republicano es un órgano que integra el Poder Ciudadano, el cual lo conforman el defensor o defensora del pueblo, el fiscal o la fiscal general de la República y el contralor o contralora general de la República.
Según el artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, la presidencia de este órgano se ejerce por designación de sus miembros por periodos de un año, pudiendo el presidente o presidenta ser reelecto o reelecta.
CIUDAD CCS