CNE presenta instructivo de votación en representaciones diplomáticas
Destacan consideraciones generales para coordinar el acto de votación en el exterior
19/07/24.- El Consejo Nacional Electoral (CNE), desde su portal web, presentó el instructivo basado en la coordinación del Acto de Votación en Representaciones Diplomáticas o Consulares con más de diez electoras o electores, con el propósito de capacitar a los integrantes de las mesas electorales que coordinan el acto de votación en el exterior.
Dicho instructivo resalta que la votación es libre, universal y secreta, por lo que garantiza el derecho al sufragio para los venezolanos inscritos en el Registro Electoral, que posean residencia o cualquier otro régimen que implique permanencia legal fuera del territorio nacional.
A continuación, se destacan algunas consideraciones generales establecidas:
- Solo podrán sufragar en el exterior las electoras y los electores mayores de dieciocho (18) años de edad, que posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia en ese país, que estén debidamente inscritos en el Registro Electoral y que aparezcan en el cuaderno de votación.
- Los procesos electorales de ámbito nacional a llevarse a cabo fuera de las fronteras de la República Bolivariana de Venezuela, son determinados por la cantidad de electoras y electores inscritos en el Registro Electoral y que aparezcan en el cuaderno de votación.
- El único documento válido para ejercer el derecho al voto es la cédula de identidad laminada, aún cuando esté vencida.
- Por determinación del Consejo Nacional Electoral, el Acto de Votación en el exterior se llevará a cabo bajo la modalidad del Sistema Manual de Votación.
- Los integrantes de la mesa electoral son los responsables de los Actos de Constitución, Votación, Escrutinio y Distribución de Actas e Instrumentos Electorales, quienes deben garantizar las condiciones y medios necesarios para la preservación del secreto del voto.
- Serán sancionados las funcionarias o los funcionarios electorales que rehúsen admitir la votación de electoras o electores que tengan derecho a votar conforme a la ley.
Conozca más sobre el instructivo:
CIUDAD CCS