Cívicamente | Derecho a enfermarse

¡Con mi derecho a comer lo que quiera no te metas!

27/04/23.- Es mucha la información que circula sobre la alimentación humana, tanta que parece una moda; sin embargo, es un tema ampliamente abordado por la ciencia, que ha resultado no solo en una diversidad de dietas que van y vienen, especialmente por redes sociales, sino que también ha generado altos y soportados cuestionamientos a la comida ultraprocesada y sus altas concentraciones de azúcar, colorantes y compuestos químicos que van en contra de una alimentación sana.

Concluimos todos en que la salud definitivamente tiene que ver con la alimentación.

La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado. Así lo recoge nuestro texto constitucional, indicando además que se garantizará como parte del derecho a la vida, con políticas orientadas a su protección.

Si ello es así, ¿cuál debe ser entonces el papel del Estado ante la venta indiscriminada de productos que dicen ser alimenticios, pero que científicamente está comprobado que no lo son, e incluso tienen alertas en sus empaques dando cuenta de esa circunstancia, pero que igualmente se venden sin restricción alguna?

Ejemplo de ello son las cadenas de farmacias que monopolizan la venta de medicamentos en el país, pero que son también una suerte de supermercados donde ofertan todos los productos que nos enferman, mientras, al fondo, generalmente, están los medicamentos que nos curan. Parece contradictorio, pero es parte de un gran negocio.

En tiempos de "libertades" pareciera que es impensable que se nos restrinja comprar lo que queramos. Sería algo así como decir: ¡Con mi derecho a comer lo que quiera no te metas! A fin de cuentas, el deber del Estado es procurar medios para sanarnos, suele ser esta la sentencia colectiva más común; de resto, esos son temas de la gente extremista que cree que nunca se va a morir.

Sin embargo, el alcance constitucional sobre el derecho a la salud no se circunscribe solo a garantizar tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Contempla también que el sistema público nacional de salud dé prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades.

En estas atribuciones es necesario insistir en el tema de la prevención acompañada de una legislación que regule el expendio de productos que dañan la salud en una línea de tiempo determinada y con un consumo continuo, así como ocurre con el alcohol y el tabaco, y que su venta no sea en espacios o establecimientos cuya naturaleza sea la promoción y defensa del derecho a la salud.

 

Carlos Manrrique


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