Araña feminista | Violencia política contra las mujeres

26/08/2024.- En la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su Segunda Reforma en el 2021, se incorpora en el artículo 19, numeral 19, la violencia política, que se define como “todo acto que, mediante la coacción, amenaza o cualquier otra forma de violencia, limite, menoscabe o imposibilite el libre ejercicio de la participación política de las mujeres en condiciones de igualdad y equidad en cargos de elección popular, en el ejercicio de la función pública y en organizaciones con fines políticos, sindicales, comunitarias, movimientos sociales y del poder popular”.

La Ley sanciona el delito de violencia política en el artículo 65: “Quien mediante la coacción, amenaza o cualquier otra forma de violencia, limite, menoscabe o imposibilite el libre ejercicio de la participación política de las mujeres en condiciones de igualdad y equidad en cargos de elección popular, en el ejercicio de la función pública y en organizaciones con fines políticos, sindicales, educativos, culturales, deportivos, profesionales, asociaciones comunitarias, movimientos sociales y del poder popular, será́ sancionado con pena de prisión de tres a ocho años”.

De esta manera se garantiza a las mujeres en el ámbito político la protección de este derecho, especialmente a las candidatas en procesos electorales, funcionarias, activistas o militantes, asegurando el ejercicio de sus derechos políticos sin temor a represalias o violencias que pongan en riesgo su integridad física, psicológica o emocional. 

Los hechos violentos,ocurridos en los territorios contra las mujeres lideresas, por parte de agresores pagados para crear zozobra, angustia y desasosiego, en los días posteriores a las elecciones del 28 de julio 2024, son conductas que vulneran, discriminan y constituyen hechos punibles que impiden el libre ejercicio de los derechos políticos de cualquier ciudadana.

Por tanto, exigimos hacer cumplir las leyes contra la violencia de género, especialmente, a los femicidios perpetrados contra las lideresas Mayauris Silva Vielma en Aragua y Cirila Isabel Gil en Bolívar, vilmente asesinadas, en acciones fascistas que intentan intimidar a las mujeres luchadoras de la patria. 

Es necesario adoptar medidas preventivas y punitivas específicas, a fin de hacer justicia en estos casos; que se respete y reconozca la participación política de las mujeres, en todos los espacios y en la toma de decisiones políticas, asumiendo políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género en todas sus manifestaciones.


Gisela Jiménez A.
Abogada y feminista

 

 


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