TSJ declara inadmisible recurso de amparo interpuesto contra el CNE

El organismo del Poder Judicial aprobó sanciones para la abogada María Alejandra Díaz

El máximo tribunal avaló los resultados emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Foto: Referencial.

 

11/05/24.- El recurso de amparo interpuesto contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) para solicitar la publicación de los resultados comiciales del pasado 28 de julio, fue declarado inadmisible este martes 5 de noviembre por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

La petición consignada por el excandidato presidencial del partido Centrados en la Gente, Enrique Márquez, al igual que los políticos Andrés Giussepe, José Luis Ibrahim, Yul Yabour, Carlos Ojeda, Oscar Figuera, Eduardo Sánchez y Juan Barreto, fue rechazada y notificada mediante la Sentencia 0603.

El máximo tribunal del país declaró su “competencia” para conocer la acción de amparo constitucional y demostró “inadmisible” el recurso interpuesto por los arriba mencionados.

Como consecuencia del fallo, el organismo del Poder Judicial aprobó una serie de sanciones a la abogada María Alejandra Díaz, por su responsabilidad en introducir el texto.

Díaz queda suspendida temporalmente de sus funciones profesionales hasta que culmine con el procedimiento disciplinario.

Entre las medidas está una multa que oscila entre 100 veces el cambio oficial de la moneda de mayor valor fijada por el Banco Central de Venezuela (BCV), alrededor de 5.500 bolívares.

Exigieron al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados, ejecutar el proceso correspondiente para sancionar a Díaz, además de contar con un plazo de cinco días para cancelar el monto establecido.

Ciudad CCS


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