Cívicamente | Sonría, está siendo grabado

07/11/2024.- Hace un tiempo hice referencia por aquí a los excesos y abusos de autoridad en alcabalas y puntos de control viales, enfatizando la importancia de conocer los deberes y obligaciones en materia de tránsito terrestre para hacerles frente y no favorecer la corrupción con pagos indebidos.

Ahora los ciudadanos y ciudadanas podrán realizar grabaciones en los procedimientos a los que sean sometidos en puntos de control y alcabalas policiales y militares. Así lo prevé una resolución conjunta entre el Ministerio de la Defensa y el de Interior y Justicia, identificada con el número 109, que fue publicada el 7 de septiembre del año 2022, y que, entre otros aspectos, establece lo siguiente:

Los ciudadanos y ciudadanas, en ejercicio de sus derechos constitucionales y legales, podrán realizar grabaciones de video o audio de los procedimientos a que sean sometidos en los puntos de control por parte de la autoridad policial o militar, sin que puedan ser compelidos a no hacerlo.

Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido.

Esto permitirá documentar el momento en que se practica el procedimiento que dé lugar en el punto de control, sin que la autoridad policial o militar a cargo del punto pueda, como ocurría antes, hacer el decomiso del teléfono o equipo de video.

Se autorizó también la supervisión y contraloría de la actuación policial por medio del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, quienes podrán tener fiscales y defensores presentes en los puntos de control, a fin de garantizar el correcto funcionamiento del dispositivo.

El contenido de esta resolución es una clara intención de fortalecer el Estado de derecho y el compromiso de nuestros cuerpos de seguridad ciudadana de atender en todos sus procedimientos el debido proceso y los derechos humanos y demás garantías constitucionales. Eso hay que destacarlo y celebrarlo.

Aunque haya funcionarios policiales y militares cuya conducta no sea la deseada, no podemos hacer de ella la visión ni la misión de nuestros entes y órganos de seguridad en todos los niveles del Estado. Tampoco convertirlo en una conducta generalizada, como se ha tratado, con mediano éxito, de imponer culturalmente para minimizar el poder coercitivo del Estado y fomentar el desconocimiento de nuestras autoridades policiales y militares, lo que, al final, solo favorece el caos necesario para quienes buscan mostrar la foto de un Estado fallido.

Los cuerpos de seguridad del Estado deben y tienen que hacer su trabajo en el marco de la ley y sus reglamentos. Ninguno de ellos contempla como principio general los tratos crueles ni denigrantes, ni tampoco la extorsión. Eso sería negar nuestros principios constitucionales y la garantía del debido proceso. En ese quehacer, todos los ciudadanos y ciudadanas tenemos que brindar la colaboración necesaria, y en ningún caso nuestro apremio, carnet institucional, posición social o prepotencia debe entorpecer su buena marcha.

Que se pueda grabar el procedimiento es una garantía para que estos se desarrollen de manera apegada a la ley, obligando a conductas más cívicas a aquellos a los que no les salga natural. ¡Así que: ¡sonría, está siendo grabado!

 

Carlos Manrrique


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