Cívicamente | Solución pacífica de conflictos

Evitar las vías judiciales, incluso hasta para descongestionar el aparato judicial

23/11/22.- Cuando se es consciente de la profesión de abogado, que va más allá de serlo, nos erigimos como promotores de la convivencia pacífica, aquella que se materializa en el ejercicio de nuestros derechos y el cumplimiento de nuestras obligaciones. 

Ya el abogado “pleitero” está en desuso, el avance de los tiempos nos obliga a facilitar los mecanismos de resolución pacífica de conflictos y evitar las vías judiciales, incluso hasta para descongestionar el aparato judicial del Estado, a veces con volúmenes de causas esperando dictámenes que bien pueden ser dirimidas extrajudicialmente a través del diálogo bien dirigido. 

Esto no significa que obviemos de forma absoluta los mecanismos coactivos para hacer cumplir nuestro ordenamiento jurídico. 
Este preludio lo incorporo para referirme a los muchos casos de convivencia vecinal en los cuales se esperan castigos ejemplarizantes, pero que nadie se atreve a resolverlos desde la mediación o la negociación como ejercicio sano de justicia y paz comunitaria o vecinal. 
Caso concreto, los ruidos molestos. Todos sabemos de vecinos que perturban el sueño de toda una comunidad a causa de la música que escuchan con sus desproporcionadas cornetas y equipos de sonidos infringiendo con esto ordenanzas municipales. 

Ante esta situación todos los vecinos alzan sus teléfonos y llaman bien sea a los voceros y voceras de la comunidad organizada o a los cuerpos de seguridad ciudadana con la expectativa de que lleguen y acaben con la fiesta.  

Esta aspiración puede generar daños mayores que la propia perturbación por el ruido. Lo ideal es no intentar parar la fiesta ya que otras condiciones interfieren para el buen discernimiento del infractor, ingesta de bebidas alcohólicas, trasnocho, aliados en mismas condiciones etílicas que se enfrentan a la autoridad generando hechos de violencia no deseados. 

Lo recomendable es poner una denuncia ante la policía comunal quien iniciará, no un proceso penal para encarcelar a nadie, sino un procedimiento de mediación vecinal que queda asentado en actas con el correspondiente compromiso del infractor de no repetir la conducta cuestionada y el aviso de que ante su incumplimiento se dará parte a la Fiscalía municipal, a fin de que inicie las acciones pertinentes para sanciones mayores que pueden derivar incluso en el comiso de los equipos de sonidos. 


Pero esa etapa previa de la mediación no termina de calar en muchos ciudadanos que esperan mecanismos represivos inmediatos, desestimando de plano la efectividad que pueden tener estos procesos.

Desafortunadamente algunos funcionarios policiales tampoco creen en estos métodos y terminan en su impericia o negligencia generando frustración en la colectividad. 


La práctica y promoción de estos procesos de solución pacífica de conflictos en las relaciones sociales son necesarias e incluso permiten prevenir conductas más dañinas que necesariamente tendrán que ventilarse como delitos. 

Carlos Manrrique

         

 


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