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Suspenden cobros por tránsito de contenedores en La Guaira y Carabobo

TSJ eliminó, sin excepciones, aplicación de estos cargos, según sentencia 0931

Sentencia genera beneficios para el desarrollo del comercio exterior y de toda la economía nacional.

03/10/26.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Sala Constitucional, suspendió la aplicación de derechos, alianzas comerciales y cobros regionales  aplicados al movimiento de mercancías en los corredores aduaneros de los estados La Guaira y Carabobo.

A través de la sentencia N° 0931, la magistrada Tania D’Amelio eliminó, sin excepciones, la aplicación de estos cargos a la mercancía movilizada por estas jurisdicciones aduaneras, a partir de la fecha de la publicación de la sentencia.

La sentencia suspendió el artículo 8 del Decreto N° 041-2020, relativo a cobros y medidas de bioseguridad regionales, aplicadas a puertos, aeropuertos y contenedores.

Asimismo destaca que en la aduana de La Guaira se suprime el cobro del denominado “Aporte Social” a favor de la empresa estatal Vargas Containers, C.A., por el uso superficial y traslado de contenedores en vías terrestres (Decreto Ejecutivo N° 037-2020).

Finalmente, en torno al corredor aduanero del estado Carabobo, se suspendieron los artículos 10 y 11 del Decreto N° 355 (2026), promulgado por el gobernador de la entidad, Rafael Lacava.

GERMAIN RODRÍGUEZ / CIUDAD CCS