EEUU relaja sanción para apoyar reconstrucción de Venezuela
La autorización abarca transacciones vinculadas con la mitigación de los efectos sísmicos
16/10/26.- El Departamento del Tesoro de Estados Unidos, a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), emitió este viernes la Licencia General Nº 60A, que autoriza determinadas transacciones financieras y operativas destinadas a respaldar las labores de asistencia y reconstrucción de Venezuela tras los sismos registrados el pasado 24 de junio de 2026.
De acuerdo con el documento oficial, la autorización estará vigente hasta las 12:01 a. m., hora del este de Estados Unidos, del 21 de abril de 2027. La disposición sustituye y deroga en su totalidad la Licencia General Nº 60, aprobada originalmente el 25 de junio de 2026.
La medida establece un marco regulatorio que permite procesar y transferir capitales hacia o desde Venezuela, en nombre de personas o entidades de terceros países, siempre que las operaciones estén destinadas a respaldar las actividades de asistencia y mitigación relacionadas con el desastre natural.
¿Qué es esta Licencia General y cómo funciona?
La Licencia General Nº 60A es una autorización emitida por la OFAC que permite realizar determinadas operaciones financieras y comerciales que, de otro modo, podrían estar restringidas por las regulaciones estadounidenses aplicables a Venezuela.
Su alcance está limitado a las transacciones vinculadas con las labores de asistencia y reconstrucción contempladas en el documento. Esto significa que las operaciones deben tener una finalidad relacionada con la atención de las consecuencias de los sismos y no pueden utilizarse para justificar actividades ajenas a los objetivos autorizados.
El instrumento también establece condiciones para la participación de instituciones financieras y empresas de envío de dinero registradas en Estados Unidos. Estas podrán apoyarse en las declaraciones de los remitentes sobre el cumplimiento de los requisitos de la licencia, siempre que no posean ni sospechen razonablemente de irregularidades ajenas a los fines humanitarios previstos.
Sin embargo, la autorización no permite desbloquear bienes o propiedades que permanezcan congelados conforme a las regulaciones generales de sanciones estadounidenses. Tampoco exime de las prohibiciones establecidas en otras órdenes ejecutivas vigentes ni de las disposiciones aplicables del capítulo V del título 31 del Código de Regulaciones Federales que no estén expresamente contempladas en la licencia.
¿Qué aportaría a la reconstrucción de Venezuela?
La renovación de esta autorización podría facilitar las operaciones financieras necesarias para sostener las labores de asistencia y recuperación en las zonas afectadas por los sismos del 24 de junio.
Entre sus alcances se encuentra la posibilidad de canalizar transferencias monetarias y respaldar la adquisición de suministros esenciales destinados a la rehabilitación de infraestructuras y la atención de las comunidades afectadas.
Asimismo, el marco regulatorio puede contribuir a que organismos públicos, entidades internacionales y organizaciones de la sociedad civil involucrados en estas labores dispongan de mecanismos autorizados para gestionar recursos relacionados con la respuesta al desastre.
ARIANNA HERNÁNDEZ / CIUDAD CCS
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