TSJ declara el carácter orgánico de la Ley de Extinción de Dominio

Sala Constitucional del máximo tribunal emitió el veredicto en la Sentencia 0315

La Sala Constitucional atribuye el carácter orgánico a las nuevas leyes.

 

28/04/23.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró, este viernes, el carácter orgánico de la Ley de Extinción de Dominio, remitida por la Asamblea Nacional (AN) tras ser aprobada este jueves por unanimidad, al considerar que tiene las características jurídicas de este tipo de normativa, en cuanto a su "forma y contenido”.

Bajo la Sentencia 0315 de la Sala Constitucional, redactada por la presidenta del máximo tribunal del país, Gladys Gutiérrez, se dio el visto bueno a la propuesta enviada este jueves 27 por la Asamblea Nacional (AN).

Es importante tener presente que la Sala Constitucional es la encargada de aprobar o negar el carácter orgánico de una nueva ley. En este caso particular, los magistrados determinaron que la Ley de Extinción de Dominio tiene por objeto desarrollar preceptos constitucionales “los cuales propugnan como valores superiores del ordenamiento jurídico el patrimonio moral, la ética, el bienestar del pueblo, lo cual es cónsono con la lucha anticorrupción como política pública del Estado y como bandera de la ley que aquí se está analizando”.

La Sala igualmente detectó que la ley analizada “se perfila a coadyuvar en la prevención de las actividades delictivas, especialmente las relacionadas con la corrupción, la delincuencia organizada, el financiamiento al terrorismo, la legitimación de capitales y, tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas y estupefacientes, que tienen un impacto negativo sobre la sociedad”.

La Ley Orgánica de Extinción de Dominio fue propuesta en medio de la Operación Anticorrupción iniciada por el Gobierno el 17 de marzo pasado, con el objetivo de encauzar penalmente a funcionarios públicos provenientes de la industria petrolera, empresas básicas de Guayana y la estatal Cartones de Venezuela, entre otros.

Ya suman 60 los detenidos, según el Ministerio Público. La nueva ley permite el decomiso de bienes que estaban en posesión de personas presuntamente incursas en hechos delictivos ya capturadas e imputadas.

Esta novedosa Ley Orgánica, como manda la Constitución, entrará en vigencia una vez sea publicada en Gaceta Oficial, previa promulgación por parte del Presidente de la República, Nicolás Maduro, aunque en uno de sus apartados dice: “la extinción de dominio procederá, aunque los presupuestos fácticos exigidos para su declaratoria hubieren ocurrido con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley”.

 

Cabe destacar que se denominan leyes orgánicas a aquellas referidas a asuntos de tal importancia para la nación, que su aprobación requiere de un consenso y procedimiento aprobatorio por el Poder Legislativo, detentado en nuestro país por la Asamblea Nacional.

“Tal expresión implica necesariamente el reconocimiento de su posición preeminente frente a otros textos normativos”, argumentaron los magistrados al explicar la frase “ley orgánica”.

Usualmente, se refieren a materias vitales para la vida democrática del país, como son las normas constitucionales fundamentales, las libertades públicas o la articulación de los poderes del Estado. Además, es imprescindible la mayoría absoluta a la hora de su aprobación.

LUCILA CONTRERAS / CIUDAD CCS


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