Caracas 25, de Mayo de 2026
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Conozca multas y otras sanciones por contaminación sónica en Caracas

Artículo 31 establece imposición del pago con valor equivalente en bolívares a 50 euros

Ordenanza vigente desde 2023 toma fuerza ante la utilización indiscriminada de dispositivos portatíles en los comercios y zonas residenciales de la ciudad.

25/05/26.- La Ordenanza de Convivencia Ciudadana, Civismo y Justicia de Paz Comunal establece multas que van desde los 50 euros en adelante, en el municipio Libertador, así como también contempla la estrategia de mediación en estos conflictos sociales.

El artículo 31 de la ordenanza, relativo a los actos que generan contaminación sónica, indica una sanción económica de 50 veces la moneda de mayor valor según el Banco Central de Venezuela, es decir, 50 euros o su equivalente en bolívares, según la Ordenanza de Convivencia aprobada en mayo de 2023 y publicada en la Gaceta Municipal N.° 4940-23.

Las autoridades precisan que la música con un alto volumen y las fiestas extendidas hasta el amanecer son una de las principales fuentes de conflictos vecinales reportadas en las 22 parroquias capitalinas.

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Otras medidas sancionatorias

El instrumento legal prevé que la persona que transgreda la normativa manifiesta no poder costear el monto derivado de una multa, se establece  “la obligatoriedad de cumplir una jornada de servicio comunitario de 40 horas”, que incluye: limpieza, pintura o restauración de centros de salud, escuelas o canchas deportivas, y la asistencia a charlas formativas sobre convivencia.

Por otra parte, también se contempla que las faltas graves acarrearán multas que ascienden a 100 veces el tipo de cambio oficial o, en su defecto, la realización de dos jornadas de trabajo comunitario.

Vale destacar que el artículo 11 define la contaminación sónica como el “exceso de sonido que altera las condiciones normales del ambiente en una determinada zona, deteriorando la calidad de vida y la paz de quienes la resienten”.

Además el artículo 31 especifica que se trata de: “sonidos o ruidos molestos que configuren contaminación sónica en actividades tales como fiestas, reuniones, prácticas musicales o eventos similares que perturben la paz y tranquilidad de los moradores o vecinos.

Se considerará agravante para la aplicación de la sanción si la contaminación sónica se produce en el entorno de centros de salud, establecimientos educativos, hogares para personas adultas y adultos mayores, o en cualquier espacio residencial en horarios nocturnos.

Si el evento, la práctica o reunión se realiza dentro de un local permisado para tal fin, los organizadores tomarán las previsiones para evitar incurrir en tales supuestos”.

Adicionalmente, también entran en esta categoría: los golpes en construcciones, trabajos de albañilería, carpintería, maquinaria y otros motivos, tanto en zonas residenciales como comerciales.

Confiscación de equipos

La ordenanza faculta a las autoridades (artículo 25) para: “identificar, registrar, desactivar o retener de forma preventiva y temporal la fuente del ruido”. Las autoridades de la capital indican que si bien la ordenanza prevé los mecanismos de denuncia, la regulación privilegia el diálogo y la mediación.

Antes de llegar a una multa el ciudadano afectado y el demandadom por ruidos molestos, tienen a su disposición las fórmulas alternativas para la resolución de conflictos que son la mediación, la negociación, el arbitraje, la conciliación o transacción.

La Oficina Municipal para la Convivencia Ciudadana, Civismo y Paz se encuentra ubicada en la esquina La Palma, frente a la basílica de Santa Teresa, en la parroquia Santa Teresa.

CIUDAD CCS