TSJ revisa detalles sobre juicio a militares acusados de conspiración

Dos días antes de la autoproclamación de Juan Guaidó en 2019 sustrajeron 60 fusiles AK-103

En el proceso judicial también están incluidos cinco civiles.

 

28/04/24.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Sala Penal, ordenó celebrar nuevamente una audiencia preliminar para determinar si existen o no razones que ameriten el enjuiciamiento de 21 militares y cinco civiles acusados de conspiración, entre otros delitos.

Los militares están adscritos a los destacamentos de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), ubicados en Macarao, Caricuao, Petare y Cotiza, siendo este último donde ocurrieron mayormente los hechos el 21 de enero de 2019, es decir, dos días antes de que el entonces diputado opositor Juan Guaidó se autojuramentara como supuesto presidente de la República.

Este grupo de militares grabó un video desconociendo al Gobierno constitucional del presidente Nicolás Maduro. Luego sustrajeron 60 fusiles AK-103 de los cuales solo se recuperaron 45, de acuerdo con la sentencia 190 de la Sala Penal, redactada por su presidenta, Elsa Gómez, y respaldada por sus colegas, los magistrados Carmen Marisela Castro y Maikel Moreno.

En consecuencia, fueron condenados a entre 7 y 15 años de prisión los sargentos Luis Alexander Bandres, Yordanis Alirio Camacaro González y Alberto José Piñango Salas. Sin embargo, la sentencia de la Sala Penal menciona a un grupo de 21 militares también ligados a los hechos investigados, así como a cinco civiles.

La condena contra Bandres, Camacaro y Piñango fue avalada por la Corte Marcial, por lo que sus abogados acudieron a la Sala Penal para solicitar que se celebrara un nuevo juicio, debido a presuntas violaciones de garantías constitucionales. Tales denuncias, expuestas en un recurso de casación, fueron desestimadas por la Sala Penal, porque no había claridad en cuanto a lo planteado, según sentencia 096 del pasado 14 de marzo.

Precisamente ese fallo fue anulado por la Sala Constitucional porque "se apartó de los valores, principios, normas, derechos y garantías constitucionales al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la debida responsabilidad penal que tiene cada ciudadano frente al Estado venezolano por los hechos punibles cometidos, a la seguridad jurídica y a la justicia".

REINALDO J. LINARES ACOSTA / CIUDAD CCS


TSJ

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